Inicio Plebiscito2020 Plebiscito: Autoridades pueden hacer campaña «fuera de jornada laboral y con recursos...

Plebiscito: Autoridades pueden hacer campaña «fuera de jornada laboral y con recursos propios»

505
0
Compartir

Contraloría publicó hoy el instructivo para el Plebiscito que se realizará en dos meses más.

El organismo remarcó la imparcialidad que deben tener las autoridades y explicó los márgenes de las campañas comunicacionales.

Contraloría publicó este miércoles el instructivo de cara al Plebiscito del 26 de abril, día que el país está convocado a decidir si quiere una nueva Constitución y cuál sería -de aprobarse- el órgano que se dedicará a esta tarea.

El instructivo advierte que las autoridades, jefaturas y funcionarios, independiente de su jerarquía pública, «no deben promover o intervenir en campañas relativas a las posturas del plebiscito, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, o algunas las proposiciones plebiscitadas».

El documento remarca además que es un ilícito administrativo usar para esos propósitos «los recursos públicos, así como los bienes fiscales, municipales o de otras entidades estatales», así también «los medios de información de carácter institucional, tales como páginas electrónicas y redes sociales, solo pueden ser utilizados para emitir expresiones que digan relación con el funcionamiento del organismo respectivo».

Además está prohibido «absolutamente» el uso de vehículos estatales para «actividades de carácter político contingente, ya sea en días hábiles o inhábiles, siendo útil agregar que dicha prohibición no admite excepciones de ninguna especie y afecta a todos los servidores que emplean vehículos sujetos al citado decreto ley».

Eso sí, Contraloría explicó que «al margen del desempeño del cargo», las autoridades, en su calidad de ciudadanos, están habilitados «para ejercer los derechos políticos consagrados en el artículo 13 de la Carta Fundamental, pudiendo emitir libremente sus opiniones en materias políticas y realizar actividades de esa naturaleza, siempre que las desarrollen fuera de la jornada de trabajo y con recursos propios».

El organismo, finalmente, sostuvo que el Ministerio Secretaria General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social pueden realizar «una campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito y que informe acerca de las características de dicho proceso y las posiciones plebiscitadas, a fin de que la ciudadanía esté debidamente informada sobre la materia».

«Lo anterior, por cierto, en la medida que aquello se ejecute con la debida imparcialidad», puntualizó.

Fuente: Cooperativa