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La historia detrás del retraso del reglamento para la Ley de Identidad de Género

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Por: Isabel Caro y Paula Catena

Contraloría advirtió a Desarrollo Social una eventual ilegalidad del instrumento elaborado por el Ejecutivo que regula los programas de acompañamiento. Esto, por incorporar un requisito que no quedó establecido en la ley.

La incorporación de un nuevo requisito, que no que no quedó establecido en la Ley de Identidad de Género promulgada en noviembre de 2018, fue la razón por la que el Ministerio de Desarrollo Social debió retirar de Contraloría el 31 de julio el reglamento sobre los programas de acompañamiento que aplicarán en caso de que las personas transgénero que quieran optar al cambio de su sexo registral sean menores de edad.

Se trata de una exigencia que señala que “el niño, niña o adolescente deberá contar con la autorización de al menos uno de sus representantes legales para acceder a los programas de acompañamiento profesional”, lo que va más allá de lo que quedó fijado en el artículo 23° de la Ley de Identidad de Género, donde se establece que “los niños, niñas o adolescentes cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral y sus familias podrán acceder a los programas de acompañamiento profesional de que trata este artículo. Estos consistirán en una orientación profesional multidisciplinaria que incluirá acciones de asesoramiento psicológico y biopsicosocial, cuyo objeto será el otorgamiento de herramientas que permitan su desarrollo integral, de acuerdo a su identidad de género”.

El nuevo requisito incluido por el gobierno, además, contravendría el principio de autonomía progresiva que también quedó establecido en la ley. Y, además, podría ser controvertido en vista de que la normativa no excluyó a organizaciones que, en vez de acompañar a los menores de edad en su proceso de transición, puedan terminar disuadiéndolos de modificar su sexo registral.

La advertencia, según fuentes al tanto del proceso, la hicieron equipos técnicos del organismo, que le hicieron ver al gobierno que, tal como estaba redactado el reglamento, no les quedaba más que declararlo “ilegal”. Por lo tanto, recomendaron hacer las adecuaciones correspondientes.

Según las mismas fuentes, el Ejecutivo habría defendido su decisión en base al derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, el que, pese a no haber quedado incorporado en la ley, fue incluido por el gobierno en el reglamento como uno de los principios de los programas de acompañamiento.

El reglamento fue ingresado por el gobierno –junto con el que regula el procedimiento del cambio de sexo registral para mayores de edad– a fines de junio pasado tras la presión de organizaciones de la diversidad sexual, quienes advirtieron una demora. A esas alturas, el Ejecutivo ya había incumplido los plazos legales que quedaron fijados en la normativa para que los reglamentos estuviesen dictados –que venció el 10 de junio– y se asegurara que la ley entrara en vigencia en octubre de 2019. Y el tiempo sigue corriendo. Hasta hoy, el gobierno aún no ha reingresado el reglamento a Contraloría, aunque desde el Ministerio de Desarrollo Social aseguraron a La Tercera que el instrumento volverá al organismo este viernes.

Según explicaron en el Ejecutivo, las adecuaciones que habrían realizado al reglamento irían en la línea de corregir lo planteado por Contraloría para ajustarse al criterio de ese organismo, en una redacción que establecerá la necesidad de que el representante legal del menor de edad sea solamente “informado” de su decisión de ingresar a algún programa de acompañamiento. “La voluntad del niño, niña o adolescente de participar en el programa deberá ser informada a su representante legal. Si el niño, niña o adolescente tuviese más de uno, sólo se informará al que dicho niño, niña o adolescente señale”, será el párrafo que incluirá el Ejecutivo.

Fuente: La Tercera