Ad portas de una nueva cuenta pública del Congreso Nacional, la cual de acuerdo con el sitio web senado.cl se celebrará el día miércoles 10 de julio del año 2024, y cuya ceremonia se efectúa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República[1], el cual indica que “Durante el mes de julio de cada año, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados darán cuenta pública al país [2], en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por las Corporaciones que presiden. El Reglamento de cada Cámara determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de cumplir esta obligación”; como Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda, hemos querido dar cuenta respecto de lo que ha sido la generación e implementación del Reglamento de Cuentas Publica del Congreso Nacional.
Para ello, es necesario indicar –a modo de antecedente- que, en agosto del año 2019, se aprobó por parte del Congreso Nacional, el Tercer Plan de Acción de Parlamento Abierto (2019-2020)[3], el cual fue elaborado de forma conjunta y participativa (a través de talleres) entre el Grupo Bicameral de Transparencia[4], el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)[5], y representantes de los sectores público, privado, y diversas organizaciones de la Sociedad Civil y de la academia; el cual tras su redacción fue sometido a una consulta pública online y posteriormente aprobado por las autoridades correspondientes. Dicho plan de acción, está integrado por tres compromisos:
1) Propuesta de la Implementación de la Oficina de Presupuesto del Congreso Nacional de acuerdo con estándares internacionales.
2) Redacción del Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso y formato y difusión de cuentas públicas parlamentarias individuales.
3) Programa: Visitas del Congreso Nacional a Regiones.
Para efectos de este analisis, solamente nos ocuparemos del compromiso Nº2 titulado “Redacción del Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso y formato y difusión de cuentas públicas parlamentarias individuales” y su actual estado de cumplimiento, señalando a continuación su contenido:
¿Cuál es la problemática que el compromiso aborda? • En 2015 se aprobó el proyecto de reforma constitucional del artículo 56 bis (Boletín 8624-07) que establece que, “durante el mes de julio de cada año, el presidente del Senado y el presidente de la Cámara de Diputados darán cuenta pública al país, en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por las Corporaciones que presiden”. En dicho artículo se añade que “el Reglamento de cada Cámara determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de cumplir esta obligación”. • Se han realizado cinco cuentas públicas de ambas Corporaciones y aún no hay reglamento que regule su contenido, por lo que las organizaciones de la sociedad civil han manifestado en los talleres que, al no existir un reglamento, la cuenta pública pasa a ser un autoelogio, convirtiéndose más en un acto de propaganda que de accountability o de rendición de cuentas. • Varios parlamentarios ya realizan sus cuentas públicas, sin embargo, enfrentan el mismo dilema de que es un acto de propaganda y no una rendición de cuentas. • En el proceso de rendición de cuentas del Congreso Nacional no se ha incluido un espacio de participación ciudadana consultiva no vinculante para recoger sus opiniones e inquietudes respecto al contenido de la cuenta pública. ¿Cuál es el compromiso? • El compromiso es redactar la moción del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional y crear un formato de cuenta pública parlamentaria individual y su respectivo plan de difusión. Se creará una herramienta tecnológica que apoye la recolección de datos que ya se publican en los sitios web para facilitar el proceso de la rendición de cuentas. ¿Cómo contribuirá a resolver la problemática? • El Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso determinará el contenido de la información que entregarán los presidentes de ambas Corporaciones, informando a la ciudadanía acerca de la labor realizada de forma objetiva, homologada y tomando en cuenta estándares internacionales de rendición de cuentas y participación ciudadana. Por el otro lado, la creación y difusión de un formato de cuenta pública parlamentaria individual definirá los elementos de su contenido para que sea un ejercicio de rendición de cuentas estandarizado. ¿Por qué es relevante a los valores de OGP? Transparencia y rendición de cuentas: Al publicarse información objetiva la ciudadanía contará con información de calidad sobre el trabajo e información contable del poder legislativo, fortaleciendo la rendición de cuentas y la transparencia de la institución. Participación ciudadana La creación del reglamento y de los formatos de cuentas públicas individuales serán presentados en un taller a las organizaciones de la sociedad civil para que realicen propuestas de mejora. Tecnología e Innovación Los Departamentos de Informática de ambas Corporaciones desarrollarán una herramienta para recoger información sobre las actividades del Congreso Nacional y de los parlamentarios, que actualmente se publican por transparencia activa o proactiva, lo que facilitará reunir información relevante para la cuenta pública. Información adicional • El compromiso se vincula con el Objetivo de Desarrollo, especialmente con el 16.6 sobre la creación de instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas. • No requiere presupuesto adicional porque se realizará por la capacidad instalada de las Corporaciones. Mientras que el taller con sociedad civil se realizará bajo el acuerdo de cooperación con el PNUD. Actividad y producto entregable Hito 1: Primer Borrador del Reglamento – Identificación de buenas prácticas de cuentas públicas institucionales e individuales de poderes legislativos. – Redacción primer borrador del Reglamento por el Grupo Bicameral de Transparencia. – Borrador de formato de cuentas públicas individuales por el Grupo Bicameral de Transparencia. – Mapeo de la información relevante para la cuenta pública institucional e individual existente en los sitios web. Plazo: De septiembre del año 2019 a enero del año 2020 Hito 2: Taller con sociedad civil (con streaming a regiones) Realizar un taller con las organizaciones de la sociedad civil, parlamentarios, academia, funcionarios del Congreso Nacional y la BCN, con el objetivo de presentar el borrador del reglamento de cuentas públicas y el formato de cuentas públicas parlamentarias individuales para recoger sus sugerencias y propuestas. Plazo: De marzo del año 2020 a abril del año 2020 Hito 3: Moción del Reglamento de Cuentas Públicas y formato cuentas públicas parlamentarias individuales. – Redacción final del Reglamento de Cuentas Públicas y del formato de cuentas públicas parlamentarias individuales. – Ingreso de la Moción del Reglamento – Difusión del formato de cuenta pública Plazo: De mayo del año 2020 a noviembre del año 2020 |
A partir de estos antecedentes, como Observatorio Congreso de la Fundación Balmaceda, daremos cuenta de nuestra participación y seguimiento del compromiso señalado:
1.- Como Organización de la Sociedad Civil, fuimos invitados –por parte de la Sra. Rocío Noriega, asesora del Grupo Bicameral de Transparencia- a participar del hito Nº2 de aquel compromiso de parlamento abierto. El taller en cuestión se efectuó de forma telemática (vía Zoom), el día viernes 30 de octubre del año 2020 a las 10 A.M.[6], con el fin de presentar el borrador del reglamento de cuentas públicas (ver aquí) y el formato de cuentas públicas parlamentarias individuales (ver aquí) que fueron remitidas, vía correo electrónico, el día anterior (es decir jueves 29 de octubre del año 2020), para recoger nuestros comentarios -sugerencias y propuestas-, las cuales fueron proporcionadas aquel mismo día en la reunión.
2.- Trascurrido el tiempo, el día 06 de abril del año 2022, efectuamos una solicitud de información (folio CD001W11967), con el fin de requerir: “el proyecto de reglamento de la Cuenta Pública del Congreso Nacional (aprobado por parte del Grupo Bicameral de Transparencia) y el formato de la cuenta pública parlamentaria individual,[…] de conformidad a lo señalado en el acta del taller de implementación de los compromisos de Parlamento Abierto […] (efectuada el día 20 de enero del año 2022)[7]”.
En respuesta (ver aquí), el día 18 de abril del año 2022, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un enlace de la plataforma WeTransfer, en la cual fueron remitidos los documentos solicitados (en su versión final), es decir, tanto el reglamento de la Cuenta Pública del Congreso Nacional (ver aquí) como el formato de la cuenta pública parlamentaria individual (ver aquí).
3.- Posteriormente, el día 14 de junio del año 2022, efectuamos una nueva solicitud de información (folio CD001W12029), en torno a este tema, indicando en aquel mensaje lo siguiente:
“El motivo de la presente solicitud es requerir información sobre la implementación del reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional, vale decir, consultar -en consideración de lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República- si la cuenta pública del Congreso Nacional del presente año próxima a realizarse, considerará los contenidos establecidos en el documento Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso aprobado el pasado 11 de agosto del año 2021 por parte del Grupo Bicameral de Transparencia. Junto a lo anterior, también solicitamos los oficios señalados en el acta de sesión del Grupo Bicameral de Transparencia del 11 de agosto del año 2021 […] sobre la implementación del compromiso Nº2 del Tercer Plan de Acción de Parlamento Abierto (2019-2020) referente a la “Redacción del Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso y formato y difusión de cuentas públicas parlamentarias individuales”.
A su vez, quisiéramos saber si la guía para la rendición de cuentas públicas individuales (también aprobada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia el pasado 11 de agosto del año 2021) fue finalmente difundida entre los actuales Congresistas, tal como se establece en el acta de la reunión celebrada el pasado 20 de enero del año 2022 –con motivo de efectuar el taller con organizaciones de la sociedad civil asociado al décimo compromiso del quinto plan de acción del gobierno abierto (2020-2022)- en la cual se indicó que: “Respecto al formato de la cuenta pública individual, este será difundido entre los y las parlamentarias para que lo utilicen de manera voluntaria”
Finalmente, solicitamos el registro audiovisual de la reunión celebrada –vía zoom- el pasado 30 de octubre del año 2020 entre representantes del Grupo Bicameral de Transparencia y Organizaciones de la Sociedad Civil el cual tenía como propósito presentar el borrador del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional y el borrador de la guía para la Rendición de Cuentas Públicas Individuales.
En respuesta (ver aquí), el día 18 de julio del año 2022[8], la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un enlace de la plataforma WeTransfer, en la cual son enviados adjuntos un documento Word y dos documentos PDF (correspondiente a los oficios GBT Nº1/2021 y GBT ISP2/2021, requeridos en el párrafo uno de la solicitud respectiva). En particular, respecto al documento Word (ver aquí), este da cuenta de la respuesta a cada uno de los párrafos de la solicitud:
a.- En cuanto al párrafo Nº1 (sobre el reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional) , se menciona que “Con fecha 4 de enero 2022 se envió oficio[9] a las Mesas de Senado y la Cámara recomendando la presentación de una moción que integrara la información propuesta de contenidos mínimos de las cuentas públicas anuales institucionales del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados, pero no se ha presentado la moción, sin embargo, algunos de los contenidos serán incluidos en la Cuenta Pública 2022”.
b.- Sobre el párrafo Nº2 (sobre la guía para la rendición de cuentas públicas individuales), se indica que: “Se enviará oficio y Guía para realizar cuentas públicas individuales a todos los comités de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado en diciembre 2022 para asistir a los y las congresistas que voluntariamente realicen su rendición de cuentas anuales”.
c.- Por último, respecto de la reunión celebrada –vía zoom- el pasado 30 de octubre del año 2020 entre representantes del Grupo Bicameral de Transparencia y Organizaciones de la Sociedad Civil, en el marco del hito Nº2 del Compromiso Nº2 del Tercer Plan de Acción de Parlamento Abierto (2019-2020), se nos informó que NO se realizó registro audiovisual de dicha sesión.
4.- Al año siguiente, el día 13 de junio del año 2023, efectuamos una nueva solicitud de información (folio CD001W12551), en torno a este tema, indicando en aquel mensaje lo siguiente:
“El motivo de la presente solicitud es requerir información sobre la implementación del reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional (surgido a partir del compromiso Nº2 del tercer plan de parlamento abierto 2019-2020), la cual ya ha sido aprobada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia, en las sesiones celebradas el pasado 23 de junio y 11 de agosto del año 2021. Sobre ello, quisiéramos consultar –considerando lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República- si la cuenta pública del Congreso Nacional a efectuarse en julio del presente año 2023, considerará los contenidos establecidos en el Reglamento de la Cuenta Pública del Congreso. A su vez, quisiéramos saber si finalmente, se presentó la moción parlamentaria “que integrara la información propuesta de contenidos mínimos de las cuentas públicas anuales institucionales del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados”, tal como recomienda el Oficio GBT Nº2/2021 remitido el pasado 04 de enero del año 2022, obtenido en respuesta a la solicitud de información CD001W12029.
Por último, quisiéramos saber si finalmente en diciembre del año 2022 se envió el oficio y la guía para realizar cuentas públicas individuales a todos los comités de la Cámara de Diputadas y Diputados, para asistir a los y las congresistas que voluntariamente realicen su rendición de cuentas anuales, tal como fue mencionado que se efectuaría, en la respuesta a la solicitud de información CD001W12029”.
En respuesta (ver aquí), el día 26 de julio del año 2023[10], la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados remite un documento en formato PDF, que proporciona la contestación efectuada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia a nuestros requerimientos. En dicho documento nos indicó siguiente:
“No se ha ingresado todavía una moción de Reglamento de Cuenta Pública, según expresa el artículo constitucional 56 bis, basado en la propuesta del Grupo Bicameral de Transparencia sobre el contenido mínimo de las cuentas públicas anuales institucionales del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados. Por tal razón no se consideró en la Cuenta Pública rendida por el Congreso Nacional el día 4 de julio de 2023, recién pasado. Sin embargo, la publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional, Balance Legislativo: Congreso Nacional de Chile 2022-23. Legislatura 370[11], integra estadísticas de la labor legislativa en Sala, labor legislativa en comisiones y un resumen de los proyectos aprobados […] Además, se encuentra disponible el documento Cuenta Pública 2022-2023 de la Cámara de Diputadas y Diputados[12].
Finalmente, se envió oficio a los comités con la Guía para realizar cuentas públicas individuales.
5.- Por último, el día 31 de mayo del año 2024, efectuamos una nueva solicitud de información (folio CD001W12952), requiriendo “información sobre la implementación del reglamento de cuentas publicas del Congreso Nacional (surgido a partir del compromiso Nº2 del tercer plan de parlamento abierto 2019-2020), la cual ya ha sido aprobada por parte del Grupo Bicameral de Transparencia, en las sesiones celebradas el pasado 23 de junio y 11 de agosto del año 2021. Sobre ello, quisiéramos consultar –considerando lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República- si fue ingresada la moción parlamentaria de Reglamento de Cuenta Pública, mencionada en la respuesta a la solicitud de información folio CD001W12551 y recomendada en el Oficio GBT ISP2/2021 (recepcionada tras la respuesta a la solicitud de información CD001W12029).
Ad portas de la Cuenta Pública del Congreso Nacional del año 2024, y tras una prorroga a la respuesta a la solicitud de información[13], el día 09 de julio del año 2024, la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados nos remite una respuesta (ver aquí) –contenida en un documento en formato PDF– indicando que “Hasta la fecha, no se ha ingresado una moción parlamentaria de Reglamento de Cuenta Pública, según lo establecido en el artículo 56 bis de la Constitución Política de la República”.
Como conclusión:
Respecto a este tema, si bien es posible destacar la existencia de un borrador del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional y de un borrador guía para la Rendición de Cuentas Públicas Individuales (este último ya remitido a los comités parlamentarios –tanto del Senado como de la Cámara de Diputados- para su difusión y uso voluntario entre sus miembros), lamentamos que hasta la última respuesta formal proporcionada por parte de la Oficina de Informaciones de la cámara baja sobre este tema (recepcionada el pasado 26 de julio del año 2023), no se ha ingresado todavía una moción respecto del Reglamento de Cuenta Pública del Congreso Nacional, lo cual es preocuparte, considerando que se han realizado ya nueve cuentas públicas del Poder Legislativo (entre los años 2015 y 2023) y aún no exista reglamento que regule normativamente su contenido, lo cual ocasiona lo ya advertido en palabras del propio compromiso Nº2 del tercer plan de acción de Parlamento Abierto: “Al no existir un reglamento, la cuenta pública pasa a ser un autoelogio, convirtiéndose más en un acto de propaganda que de accountability o de rendición de cuentas”.
[1] Lo anterior fue incorporado a la Constitución Política de la República mediante la publicación en el Diario Oficial, en julio del año 2015, de la ley N°20.854, tras la correspondiente tramitación legislativa de la iniciativa de reforma constitucional originada en moción parlamentaria (boletín 8624-07) de los senadores Hernán Larraín Fernández (UDI), Andrés Zaldívar (DC), Camilo Escalona (PS) y Jovino Novoa (UDI).
[2] Para más información: https://observatoriocongreso.cl/cuenta-publica/
[3] https://www.ogp.gob.cl/wp-content/uploads/2020/09/3er-Plan-Parlamento-Chile.pdf
[4] De acuerdo con la respuesta a la solicitud de información filio SOL0013421 de octubre del año 2020 (proporcionada por la Fiscalía del Senado) el Grupo Bicameral de Transparencia surge en el año 2012 “en un momento y respecto de una necesidad específica; compuesto por miembros de ambas Cámaras, y orientado a un trabajo de investigación, colaboración y participación en materia de transparencia”. Dicha agrupación –vigente hasta el día de hoy- posee su sede funcional en la Cámara de Diputados.
[5] https://www.undp.org/es/chile
[6] Lo cual representa un retraso de la fecha inicialmente establecida, correspondiente a marzo/abril del año 2020.
[7] Dicho taller señalado previamente fue el primero realizado en el marco de la implementación de los compromisos Nº9 y Nº10 del Quinto Plan de Acción de gobierno abierto. Respecto a este tema en particular, el acta de dicho taller estableció lo siguiente: “Rendición de cuentas. – El Grupo Bicameral de Transparencia aprobó el proyecto de reglamento con la información que debe incluir la Cuenta Pública institucional. Respecto al formato de la cuenta pública individual, éste será difundido entre los y las parlamentarias para que lo utilicen de manera voluntaria”.
[8] Dicha respuesta fue entregada tal día, tras efectuar el 14 de julio del año 2022 –por parte de la Cámara de Diputados- una prórroga a la solicitud de información.
[9] Por parte del Grupo Bicameral de Transparencia.
[10] Dicha respuesta fue entregada tal día el día, tras efectuarse el 12 de julio del año 2023 –por parte de la Cámara de Diputados- una prórroga a la solicitud de información.
[11] Disponible en: https://www.bcn.cl/Books/balancelegislativo370/index.html#p=1
[12]Disponible en: https://www.camara.cl/transparencia/doc/informacion/CP_2022-2023.pdf
[13] Remitida el pasado 01 de julio por parte de la Oficina de Informaciones de la Cámara de Diputados.