{"id":6014,"date":"2019-09-06T12:46:06","date_gmt":"2019-09-06T16:46:06","guid":{"rendered":"https:\/\/ciudadliberal.cl\/?p=6014"},"modified":"2019-09-06T12:46:06","modified_gmt":"2019-09-06T16:46:06","slug":"camara-respaldo-informe-sobre-planes-de-manejo-forestal-en-los-ultimos-diez-anos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ciudadliberal.cl\/?p=6014","title":{"rendered":"C\u00e1mara respald\u00f3 informe sobre planes de manejo forestal en los \u00faltimos diez a\u00f1os"},"content":{"rendered":"<p>El documento, entre otros puntos, concluy\u00f3 categ\u00f3ricamente que los planes de manejo para recuperaci\u00f3n de terrenos con fines agr\u00edcolas no est\u00e1n regulados dentro de nuestra legislaci\u00f3n de manera org\u00e1nica y detallada.<\/p>\n<p>La comisi\u00f3n investigadora de los actos de la Conaf, los actos del Servicio de Impuestos Internos y otros \u00f3rganos estatales en relaci\u00f3n a estos planes en las regiones de Coquimbo, Valpara\u00edso, Metropolitana, O&#8217;Higgins, Maule, del Biob\u00edo y La Araucan\u00eda detect\u00f3 que existieron errores en los procedimientos destinados a la aprobaci\u00f3n de determinados planes de manejo para recuperar terrenos con fines agr\u00edcolas, los cuales fueron reconocidos por la Conaf.<\/p>\n<p>As\u00ed se especifica en el informe del grupo parlamentario que fuera aprobado en sesi\u00f3n especial esta noche por la C\u00e1mara de Diputados, por 111 votos afirmativos y una abstenci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el texto se explica que, entre otras causas, la situaci\u00f3n se debe a imprecisiones y defectos t\u00e9cnicos de los planes de manejo presentados por los interesados ante la Conaf (contando, adem\u00e1s, con asesoramiento de ingenieros forestales para ello), como, asimismo, por el incumplimiento de las instrucciones impartidas por el superior jer\u00e1rquico de esta entidad respecto a la apreciaci\u00f3n de los elementos t\u00e9cnicos de dichos instrumentos.<\/p>\n<p>En palabras de la Conaf se detect\u00f3: casos en los cuales la calidad de los referidos informes t\u00e9cnicos no refleja adecuadamente el an\u00e1lisis, trabajo y la evaluaci\u00f3n que efect\u00faan los analistas, tanto administrativamente como la realizada en terreno, para efectos de la aprobaci\u00f3n o denegaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n<p>Dentro de los errores, defectos e imprecisiones se pudo apreciar, en distintos antecedentes que esta entidad proporcion\u00f3 a la comisi\u00f3n, que el certificado emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII) por el cual se informa de la clase o categor\u00eda de suelo de un determinado terreno era un instrumento o antecedente de relevancia para la aprobaci\u00f3n de estos planes de manejo de recuperaci\u00f3n para fines agr\u00edcolas.<\/p>\n<p>Por lo anterior, existen diversos antecedentes que permiten a la comisi\u00f3n presumir que dicho certificado era considerado por la Conaf como vinculante en el procedimiento administrativo para la aprobaci\u00f3n de un plan de manejo, de tal manera que bastaba con su presentaci\u00f3n para comprobar la capacidad productiva del uso de suelo.<\/p>\n<p>No obstante, indican que es pertinente concluir que el SII no participa, ni debe participar en los procedimientos relacionados con una solicitud de plan de manejo ante la Conaf. Dicho organismo, seg\u00fan plante\u00f3 en la Comisi\u00f3n \u00abresuelve de modo objetivo y en base a los antecedentes, las solicitudes de los contribuyentes en relaci\u00f3n a modificar la clasificaci\u00f3n del uso del suelo, considerando el uso potencial y sus caracter\u00edsticas f\u00edsicas, con independencia del uso efectivo que el propietario que le desee dar, exclusivamente con el fin de determinar el impuesto territorial\u00bb.<\/p>\n<p>Por tanto, la comisi\u00f3n estim\u00f3 que el certificado de aval\u00fao del Servicio no es vinculante para determinar ning\u00fan elemento relacionado con la capacidad de uso de suelo de un terreno, ni para la aprobaci\u00f3n de los planes de manejo por parte de la Conaf, sino que tiene una finalidad exclusivamente tributaria.<\/p>\n<p>Debe concluirse que la Conaf detect\u00f3 esta situaci\u00f3n, reconociendo los errores en los an\u00e1lisis t\u00e9cnicos de los planes de manejo presentados por los interesados y aplic\u00f3 medidas correctivas y procesos t\u00e9cnicos de mejoramiento de procedimientos para solucionar el problema durante el mandato de la comisi\u00f3n investigadora.<\/p>\n<p>Particular relevancia tiene el oficio N\u00b0 73 de dicha instituci\u00f3n por la cual precisa el sentido y alcance del concepto de \u00abrecuperaci\u00f3n de terrenos para fines agr\u00edcolas\u00bb, indicando que debe constatarse la existencia previa de dicho uso.<\/p>\n<p>Estas medidas han llevado a que descendiera el porcentaje de aprobaci\u00f3n de los planes de manejo para recuperar terrenos con fines agr\u00edcolas, en donde hasta el 2019 solo se hab\u00edan aprobado cuatro de estos instrumentos, con una superficie total de 11,6 hect\u00e1reas, comparado con el a\u00f1o 2018, en donde se aprobaron 36 de estos instrumentos, con una superficie total de 452,49 hect\u00e1reas, lo que viene a ratificar la finalidad que motiv\u00f3 la creaci\u00f3n de la presente comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Sobre la falta de regulaci\u00f3n de los planes de manejo para recuperar terrenos con fines agr\u00edcolas, la comisi\u00f3n indic\u00f3 que se debe concluir categ\u00f3ricamente que los planes de manejo para recuperaci\u00f3n de terrenos con fines agr\u00edcolas no est\u00e1n regulados dentro de nuestra legislaci\u00f3n de manera org\u00e1nica y detallada, siendo una instituci\u00f3n que no es arm\u00f3nica con el resto de las normas legales que regulan el bosque, en especial en relaci\u00f3n con la funci\u00f3n de protecci\u00f3n, conservaci\u00f3n y preservaci\u00f3n que debe predicarse respecto de los bosques nativos. Lo anterior motiva a que esta instituci\u00f3n sea derogada y expulsada del ordenamiento jur\u00eddico chileno.<\/p>\n<p>Propuestas<\/p>\n<p>Entre las propuestas del informe, que rindi\u00f3 ante la Sala el diputado Jaime Toh\u00e1, se plantea solicitar a la Conaf modificar el procedimiento administrativo destinado a aprobar los planes de manejo para recuperaci\u00f3n de terrenos con fines agr\u00edcolas, con el objeto de que la resoluci\u00f3n final sea dictada por el director ejecutivo de dicho organismo.<\/p>\n<p>De lo analizado por el grupo legislativo queda de manifiesto la necesidad de fortalecer la administraci\u00f3n del Estado en esta materia. Dicho fortalecimiento se traduce en la creaci\u00f3n de una clara cabeza de nivel pol\u00edtico que haga posible una mejora ostensible en la coordinaci\u00f3n del actuar de los \u00f3rganos y servicios p\u00fablicos del sector forestal y que, adem\u00e1s, empuje los necesarios cambios legales y reglamentarios del sector.<\/p>\n<p>En este escenario, se solicita al Presidente de la Rep\u00fablica que env\u00ede un proyecto de ley que cree una Subsecretar\u00eda Forestal que tenga la jerarqu\u00eda y recursos necesarios para coordinar todas las pol\u00edticas, planes y programas necesarios para proteger, conservar y preservar, en su caso, los bosques, en especial el nativo.<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.camara.cl\/prensa\/noticias_detalle.aspx?prmid=137921\">C\u00e1mara de Diputados<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El documento, entre otros puntos, concluy\u00f3 categ\u00f3ricamente que los planes de manejo para recuperaci\u00f3n de terrenos con fines agr\u00edcolas no est\u00e1n regulados dentro de nuestra legislaci\u00f3n de manera org\u00e1nica y detallada. 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