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Ley de Identidad de Género: Casi mil peticiones para cambio de sexo y nombre registral en todo el país

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Cifras dadas a conocer por el Registro Civil, indican que a la fecha 921 personas han solicitado la audiencia para realizar el trámite. Paula Dinamarca y Alejandro Berríos se convirtieron hoy en la primeras personas en participar de una audiencia en el Registro Civil para tramitar el cambio de su nombre y sexo legal.

Hoy, 27 de diciembre entra en vigencia la Ley de Identidad de Género. Desde 2013 que se esperaba en el Congreso su aprobación, lo que finalmente se logró en 2018. Gracias a ella desde hoy, toda persona mayor de edad podrá, hasta por dos veces, y a través de los procedimientos que contempla la ley, solicitar la rectificación del sexo y nombre que aparecen en su partida de nacimiento. De ese modo, esos datos serán coincidentes con su identidad de género.

Las personas que lo deseen podrán efectuar los procedimientos de rectificación de sexo y nombre registral ante el Registro Civil y los Tribunales de Familia. Desde el 16 de diciembre se podía solicitar audiencia para realizar dicho trámite, y cifras dadas a conocer por el Registro Civil, indican que a la fecha 921 personas han solicitado realizar el trámite. De ellas, 136 efectuarán el cambio de sexo y nombre registral hoy.

Para la población trans, particularmente, “esta ley viene a restituir parcialmente su dignidad en torno a la constante discriminación y exclusión que ha sido objeto por mucho tiempo”, explica Constanza Valdés asesora y consultora en Diversidad Sexual y de Género.

De hecho, sostiene Valdés, esta ley recién viene a ser el piso mínimo en torno al reconocimiento de los derechos de las personas trans. “De esta manera, se erradicaran todas las situaciones de discriminación que se dan por la no correspondencia entre la identidad de género de la persona y la consignada en los documentos públicos. Lamentablemente, como la ley apunta principalmente al cambio de nombre y sexo registral, no soluciona situaciones como las de filiación que se puede dar en el caso de que una mujer trans sea madre y un hombre trans sea padre, asimismo, tampoco aspectos relativos a la vivienda, educación, salud y trabajo de las personas trans”.

 

Los primeros

Paula Dinamarca y Alejandro Berríos se convirtieron hoy en la primeras personas en participar de una audiencia en el Registro Civil para tramitar el cambio de su nombre y sexo legal.

“Hoy siento que nazco nuevamente, con la identidad que siempre tuve, pero que siempre fue negada. Me siento feliz y fortalecida de dar este paso”, señaló Paula tras su audiencia, mientras que Alejandro añadió que “mi calidad de vida mejora desde hoy, podré hacer trámites con el nombre y sexo masculino que siempre me representó. Ya nadie podrá dudar quien soy”.

Dinamarca y Berríos asistieron a Registro Civil en compañía del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) cuyos activistas fueron testigos de ambas audiencias y lanzaron una campaña informativa sobre la Ley de Identidad de Género.

“Hoy es un día histórico para todas la población LGBTI y para todas las personas trans, pues se respetará algo tan básico como su identidad. Llamamos a todas las personasb trans a hacer uso de esta ley. Hoy lanzamos una campaña informativa que orienta sobre los contenidos de la Ley de Identidad de Género, además de dar cuenta de toda la historia de lucha a favor de esta legislación”, señaló el vocero del Movilh, Óscar Rementería.

Con todo, el Movilh lamentó que “esta ley sea regresiva en dos aspectos, pues dejó fuera a los menores de 14 años y a las personas casadas. Los niños y niñas debieron ser los primeros en ser protegidos y ello no ocurrió, pese a que desde siempre tienen conciencia de su identidad de género. Sin duda, prontamente deberemos reformar esta ley, terminando con la exclusión de niños, niñas y personas casadas”

 

Charlas de sensibilización

Jorge Álvarez, Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, indica a La Tercera que el cambio de sexo registral se viene realizando en Chile desde hace años por medio de resolución judicial, “por lo que los funcionarios y funcionarias del Registro Civil están capacitados para atender a dichos usuarios”.

Explica ademá Álvarez, que con la entrada en vigencia de la Ley de identidad de Género se han ejecutado acciones concretas para difundir las etapas de implementación de esta normativa, plazos y procedimiento, “a través de charlas de sensibilización en todo el país, capacitaciones presenciales en todas las regiones sobre el reglamento y el procedimiento en el Servicio”.

En la página web del Registro Civil, www.registrocivil.cl, se encuentra habilitado un banner especial sobre Ley de Identidad de Género y más información en Trámites bajo el nombre “Rectifica Partida de Nacimiento, Ley N° 21.120 Identidad de Género”.

 

Requisitos y procedimiento

-Los requisitos para solicitar la rectificación administrativa de sexo y nombre de pila son:

Ser mayor de edad (18 años)
No tener vínculo matrimonial vigente
Si el/la solicitante es extranjero/a, debe tener inscrito su nacimiento en Chile y acreditar permanencia definitiva. La rectificación es aplicable solo a los documentos de identidad chilenos.
El procedimiento se efectúa de esta manera:

Se debe reservar hora para la realización de una audiencia especial en cualquier oficina habilitada a lo largo del país.
En la audiencia especial, el o la solicitante debe presentarse junto a dos testigos, quienes declararán que el primero conoce los efectos jurídicos que implica la rectificación de sexo y nombre(s) de pila.
Según si se cumplen con los requisitos legales, el Servicio podrá acoger, rechazar o declarar inadmisible la petición de rectificación.
En caso que la solicitud sea acogida, la persona solicitante podrá obtener un nuevo documento de identidad y viaje, según corresponda.
El procedimiento de cambio de nombre es gratuito. Sin embargo, se debe cancelar el monto correspondiente a la nueva cédula de identidad -con el nombre rectificado- o el pasaporte.

Además, no es necesario haberse sometido a un tratamiento médico o a una intervención de la apariencia física.

Ahora bien, ¿qué pasa con los mayores de 14 años y menores de 18?

Deben solicitar la rectificación en un tribunal de familia o de letras (competencia común) junto a los padres.

 

¿Qué implica el cambio de sexo y de nombre?

Ser reconocido(a) e identificado(a) conforme a su identidad de género.
Las imágenes, soportes digitales, datos informáticos u otros con que las personas figuren en registros públicos y privados deberán coincidir con su identidad.
La rectificación del sexo y nombre de pila no afecta el número de RUN ni tampoco la titularidad de los derechos y obligaciones patrimoniales del o la solicitante, ni los provenientes de las relaciones del derecho de familia.
Una vez emitidas la nueva cédula y pasaporte, los documentos anteriores a la rectificación no podrán ser empleados, solicitados o exhibidos bajo ninguna circunstancia.

Fuente: La Tercera